Regímenes matrimoniales; Derecho Civil VII.

Regímenes matrimoniales.Derecho Civil VII.Cuestionario.

Por: William I- Lithgow M-.


 -    Diferentes definiciones del matrimonio?

·         El Matrimonio es una antigua institución social, presente en gran cantidad de culturas, que establece un vínculo conyugal entre personas naturales, reconocido y consolidado por medio de prácticas comunitarias y normas legales, consuetudinarias, religiosas o morales.
(Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española (2014). «Matrimonio». Diccionario de la lengua española (23.ª edición). Madrid: Espasa.)

·         Matrimonio religioso:
El matrimonio religioso se puede definir como una unión cuya estructura esencial viene exigida por los dogmas de la religión a la que pertenecen los contrayentes. (Viladrich, 2001, pp. 37-38)

·         Para la Iglesia católica, el matrimonio es una alianza por la que un hombre y una mujer constituyen una íntima comunidad de vida y de amor. Por su naturaleza está ordenada al bien de los cónyuges y a la generación y educación de los hijos. Entre bautizados, el matrimonio es, además, un sacramento.(Código de Derecho Canónico, (Cann. 1055 – 1165)


·         Matrimonio civil es el matrimonio que se contrae, formaliza e inscribe ante las autoridades civiles (registro civil, administración pública, jueces o autoridades municipales) y no ante las autoridades religiosas, ni siguiendo el rito de una religión (matrimonio religioso).

·         Jorge Adolfo Mazzinghi, el Matrimonio no es más que “El vínculo jurídico que nace de la voluntad de los contrayentes.

·         Louis Josserand, nos define el Contrato de Matrimonio de la siguiente forma “El contrato de matrimonio es quizá, de todos los contratos, el que menos justifica éste nombre, ya que no es necesariamente productor de obligaciones; su objeto constante es el de determinar el estatuto que regirá la asociación conyugal desde el punto de vista pecuniario, el de instituir la Carta patrimonial de los esposos, su régimen matrimonial.

·         Según James A. Rowland Cruz, “Es el Conjunto de normas que determinan el status jurídico de los bienes de los esposos durante el matrimonio y al tiempo de su disolución, y que rigen las relaciones pecuniarias de los cónyuges entre sí o con los terceros con que contratan.

García De Peña, expresa que “El contrato de matrimonio es el negocio jurídico, mediante el cual personas que tienen el propósito de casarse adoptan las regulaciones que determinarán el régimen de sus bienes durante el matrimonio y su suerte a la dilución de éste. El documento que recibe aquellas estipulaciones recibe también el nombre de Contrato Matrimonial.


2-    Que es el patrimonio? (diferentes definiciones).

·         Dos grandes juristas franceses, Aubry y Rau, quienes sostienen que el patrimonio personal es el conjunto de bienes y derechos de cualquier persona por el mero hecho de serlo sin requerirle atributo complementario alguno.


·         Es el conjunto de relaciones jurídicas pertenecientes a una persona, que tienen una utilidad económica y por ello son susceptibles de estimación pecuniaria, y cuya relaciones jurídicas están constituidas por deberes y derechos» (activos y pasivos). (Paty Flores: Patrimonio 2: Concepto de patrimonio.)

3-    Que es el régimen matrimonial?

El régimen matrimonial, régimen económico matrimonial o régimen patrimonial del matrimonio puede definirse como el conjunto de reglas que determinan y delimitan los intereses económico-pecuniarios que rigen las relaciones interconyugales en el matrimonio y las relaciones con los terceros. (Vaz Ferreira, 1997, p. 10).


4-    diferentes tipos de regímenes matrimoniales?
De acuerdo al ordenamiento jurídico que se trate, pueden haber tres tipos de regímenes matrimoniales: régimen legal, convencional o judicial.2

·         El régimen matrimonial legal es el establecido por el legislador en la ley y que se suele aplicar de forma supletoria, es decir, cuando las partes no han convenido adoptar otro distinto.

·         El régimen convencional es el adoptado por los cónyuges en las capitulaciones matrimoniales.

·         El régimen judicial es el establecido por una sentencia del tribunal (por ejemplo, cuando se solicite la disolución de la sociedad conyugal).



Existen diferentes tipos de regímenes:

·         Régimen de comunidad de bienes:
·         Comunidad universal o absoluta de bienes
·         Comunidad restringida o limitada de bienes:
·         Comunidad de bienes y ganancias
·         Comunidad de ganancias
·         Comunidad diferida
·         Régimen de separación de bienes:
·         Régimen de separación de bienes
·         Régimen de participación
·         Régimen sin comunidad o de comunidad de administración

·         Régimen dotal

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